llevar coche a canarias

Indice

Del presente título se derivan numerosas cuestiones sobre la importación de vehículos que vamos a tratar de responder, empezando por el siguiente listado:

  • ¿Cuánto cuesta llevar el coche a Canarias?
  • ¿Cómo llevar un coche de la peninsula a Canarias?
  • ¿Qué hay que hacer?, ¿Qué documentos debo presentar?
  • ¿Qué impuesto se paga en Canarias?
  • ¿Qué es el DUA de un vehiculo?
  • ¿Cuándo es obligatorio presentar el DUA?
  • ¿Qué supuestos de exención hay por cambio de residencia con respecto al DUA y la importación de vehículos?
  • ¿Es necesario presentar el DUA cuando un canario compra un coche en la península si este no lo va a llevar de vuelta a Canarias?

Si tienes numerosas dudas sobre las anteriores cuestiones, tómatelo con calma y lee este artículo que te servirá de gran ayuda.

Vamos por partes

Modos de transporte para llevar el coche a canarias y su coste:

Viajar con el coche como pasajero en barco o ferry: Es la opción más económica, puede oscilar entre 300-500 euros dependiendo si se va en butaca o con camarote. Duración: 27 horas de Cádiz a Lanzarote.

En contenedor. La compañía de transportes se encarga de todo, pero esta opción supera los 1.000,00€.

¿Qué documentos debo llevar para trasladar el vehículo de la península a Canarias o viceversa?

  1. Ficha técnica.
  2. Permiso de Circulación.
  3. DNI del titular del vehículo.
  4. Documento Único Aduanero (DUA).
  5. Seguro

el reducto-lanzarote

¿Qué impuesto se paga en Canarias?

El archipiélago canario goza de un régimen fiscal diferenciado del resto de España, así lo reconoce la propia Unión Europea al reconocer su condición de lejanía e insularidad, como territorio ultraperiférico.

En lugar de pagarse el IVA como ocurre en toda España (a excepción también de Ceuta y Melilla), en Canarias se paga el Impuesto General Indirecto Canario, en siglas I.G.I.C.

Al importar un coche a Canarias se deberá pagar un 9,5% o un 15% (antes 13,5%) de I.G.I.C. aplicable sobre del valor fiscal del vehículo. Se determinará si es un 9,5% o un 15% en función de los caballos fiscales del vehículo. Si tiene menos de 11 caballos fiscales tributarán al 9,5%, y si tiene más de 11 caballos fiscales lo hará al 15%.

Por cierto, sí es a la inversa, y se trata de un Canario que importa su vehículo a la península este deberá pagar IVA en lugar de IGIC.

Como veremos más adelante, hay una franquicia por cambio de residencia donde, sí se cumplen ciertos requisitos, se estará exento y no habrá que pagar el impuesto de importación.

¡Ojo!, Sí que puedes viajar con tu vehículo de la península a Canarias o viceversa y no pagar impuestos, pero siempre con el límite temporal de (6) seis meses. A partir de este tiempo finaliza el permiso temporal de circulación el vehículo podrá ser inmovilizado y sancionado sino regularizas la situación con aduanas.

¿Qué es el DUA de un vehiculo?

El DUA son unas siglas que significan Documento Único Administrativo (antes: Documento Único Aduanero). Este documento sirve para realizar la declaración en aduanas de la importación o exportación de los bienes o mercancías, el cuerpo competente para emitir el DUA son los Agentes de Aduanas.

¿Cuándo es obligatorio presentar el DUA?

  1. Mercancía extracomunitaria
  2. Mercancía de la U.E.
  3. Productos fruto de la pesca.
  4. Mercancía que entre o salga del territorio canario, por ejemplo, los vehículos (La Agencia Tributaria Canaria es el organismo competente).
  5. Mercancía procedente de Ceuta y Melilla para su importación al resto del territorio nacional. O a la inversa, mercancías que se despachen en Ceuta y Melilla.

¿Qué supuestos de exención hay por cambio de residencia con respecto al DUA y la importación de vehículos?

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La legislación prevé un supuesto para no estar obligado a pagar el impuesto de importación del vehículo (también embarcaciones) y este es el caso en que sea por motivos de traslado de residencia, tales como por motivos de traslado por trabajo o por estudios.

La Agencia Tributaria para evitar que haya personas que se dediquen a vender y comprar coches entre Canarias-Península, Ceuta y Melilla-Península y España-terceros países, establece unos requisitos rigurosos que hay que cumplir para poder acogerse la exención por cambio de residencia y no pagar el impuesto de importación, y que procedemos a explicarlos a continuación:

La normativa establece ciertos requisitos muy rigurosos de forma que no haya duda que la importación es producto de un cambio de residencia y no un interés especulativo en la venta del vehículo y lo hace en (3) tres planos diferentes para que no haya duda, y que son los siguientes:

(a) Tiempo límite para realizar la importación o el cambio de residencia.

i. Si una persona cambia de residencia tiene un plazo máximo de un año para importar el vehículo.

ii. Si hace antes la importación del vehículo del cambio de residencia, deberá empadronarse en el nuevo destino en un plazo máximo de 6 meses.

Por tanto, dos (2) plazos distintos según se efectúe antes el traslado del vehículo (6 meses) o después de haberse empadronado (1 años).

(b) Modos de acreditar el cambio de residencia.

Todo de pende de sí hablamos de un peninsular que se traslada a Canarias o Ceuta y Melilla, o si es un Extranjero quien se traslada a España o el caso especial de un Residente Canario que vuelve a Canarias tras vivir en la península sin haberse cambiado el padrón para no perder la bonificación en los vuelos de la que disfrutan todos los canarios. Por tanto (3) tres sujetos distintos (3) modos distintos de acreditar el cambio de residencia:

i. Peninsular que se traslada a Canarias: Certificado de empadronamiento donde aparezca el alta en el padrón del municipio de Canarias y el municipio de procedencia en la península. Sí es un funcionario público bastará con acreditarlo con su nombramiento a través de la publicación en el boletín oficial correspondiente.

ii. Extranjero que viene a España: Al no haber padrón en su país, aportará la baja consular.

iii. Residente en Canarias que vuelve a Canarias sin haber modificado su padrón: En este supuesto especial, se deberá acreditar con cualquier medio de prueba admisible (y que acepte la Agencia Tributaria) que ha estado residiendo fuera de Canarias durante más de 6 meses o al menos 185 días del año. Por ejemplo: contrato de trabajo, contrato de arrendamiento de vivienda, etc…

(c) Acreditar la posesión del vehículo.

El titular del vehículo deberá serlo oficialmente, es decir, con la documentación del vehículo a su nombre al menos con (6) seis meses antes del traslado. Si el documento del vehículo aún no está a su nombre lo podrá suplir aportando como documento probatorio la póliza de seguro del vehículo a su nombre o al menos el pago de 3 recibos.

Pincha en el siguiente enlace para informarte de la normativa sobre exención a la importación de vehículos por traslado de residencia a Canarias: INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DE LA EXENCIÓN A LA IMPORTACIÓN DE VEHÍCULOS

¿Es necesario el DUA cuando un Canario compra un coche en la península si no lo va a llevar devuelta a Canarias?

La situación que plantea la pregunta, es la de una persona con residencia en Canarias que vive en la península, es decir no a modificado su empadronamiento y adquiere un vehículo en península como Canario. Pero continúa viviendo en territorio peninsular sin empadronarse y usando el vehículo.

En principio, mientras el vehículo no pase por aduanas no será necesario presentar el DUA, ahora bien, dicho lo anterior debe tenerse en cuenta que esta situación puede generar una problemática paralela si desea vender el vehículo como Canario en territorio peninsular, dado que la Jefatura de Tráfico competente le podrá requerir el DUA.

Si deseas más información sobre la fiscalidad en la compraventa de vehículos accede aquí.

Si deseas información sobre importar un vehículo de Alemania a Canarias accede aquí.

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24 comentarios en «llevar coche a canarias»

  1. Buenas, soy particular, residente Canario y vivo en Canarias, voy a comprar un vehículo en península, matriculado en febrero de 2024. En mayo voy a buscarlo al concesionario, ellos saben que voy a importarlo a Canarias (una vez haga el DUA, me van a devolver el iva).
    Mi duda es, ¿cuanto tiempo tiene que pasar para yo poder venderlo entre particulares en Canarias??

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  2. Buenas tardes, me llamo Emilio, llevo viviendo en canarias 20 años, tengo un coche de 11 años, quiero llevarlo para la peninsula definitivamente. Que impuestos tendria q pagar? Yo seguiria vivendo en Canarias

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  3. Hola traje un coche de la península a canarias y lo tengo hace 10 años y no le ha cambiado nada ni page Dua y ahora quiero venderlo y me lo piden me pregunta es si hay multa por tardar todo ese tiempo sin hacer trámites gracias un saludo

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  4. Buenos días. En agosto del 2021 adquirí un vehículo Híbrido Enchufable en Las Palmas de Gran Canaria, y por traslado de trabajo, me iré a vivir a Huesca en junio de este año. Viviendo en Las Islas llevo 22 años y estoy empadronada.
    ¿Cuánto me puede costar el DUA, IVA, etc…?
    Gracias.

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  5. Muy buenas:

    En mi caso somos una empresa con domicilio fiscal en la península y tenemos una delegación en Tenerife y ya llevamos años alquilando, de continuo, un vehículo para el comercial que opera ahí (que es residente allí), pero barajamos la opción de comprarle uno ya que el gasto anual de alquiler es elevado y creemos que sería mejor adquirir un vehículo.

    ¿Es posible esta opción? ¿Qué debemos hacer para adquirir el vehículo a nombre de la empresa? Es probable que sea tan sencillo como adquirir el vehículo, que nos facturen con IGIC y contabilizar la factura tal y como se hace con otras facturas que nos envía el comercial, pero respecto a los impuestos como el de vehículos de tracción mecánica me surge la duda.

    Gracias de antemano y saludos cordiales.

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  6. Hola, he traído un coche de la península y me hallan el DUA sobre el valor del vehículo en el contrato de compra-venta. Esto es legal? gracias, un saludo. Soy residente canario desde hace 13 años.

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    • Buenos días Juan José,
      Gracias por tu consulta.
      Informarte que según la legislación, el impuesto de importación (DUA) resulta de la aplicación del tipo impositivo al valor del vehículo. Dicho valor será el importe superior de entre el precio de venta o el valor fiscal que aparece en las tablas. Dicho de otro modo, el valor fiscal en tablas marca el mínimo a pagar, por lo que si el valor de venta es superior deberá tomarse el de venta como base imponible.

      Un cordial saludo

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  7. Buenos días.
    Mi duda es la siguiente. Quiero traer un coche de la península a Canarias. Soy funcionaria y residente en Canarias desde hace más de un año, y el coche que quiero traer está a nombre de mi pareja, no al mío. Él no está empadronado en Canarias. ¿Podría traerlo a pesar de estar a su nombre si pongo el seguro a mi nombre? ¿Podría traerlo sin problema a pesar de que haya pasado más de un año desde que soy residente? Todo esto sin pagar el DUA. Estaría en Canarias hasta junio, menos de 6 meses.
    Un saludo y gracias.

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  8. Hola, soy de Madrid pero llevo dos años empadronada en Canarias, y ahora quiero traerme un coche de mi familia.
    Tengo varias cuestiones… ¿Es necesario que en el permiso de circulación aparezca yo como titular o puedo hacer el cambio de titularidad con el coche ya en Canarias? y ¿se necesita el permiso de circulación original para viajar o sería válido el justificante del cambio de titularidad? En este caso, no cumpliría con lo seis meses como titular del vehículo que tengo entendido que son necesarios para no pagar de más en aduana, ¿contarían los seis meses de temporalidad para no pagar de más? ¿o no es cierto que se pague más por no cumplir seis meses como titular/tres recibos de seguro?
    Mi duda es con aduana principalmente, porque no entiendo qué diferencia hay con que lleve seis meses como titular del vehículo a que lo haya comprado dos días antes de viajar.
    Gracias de antemano, un saludo.

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  9. Saludos.
    Mi duda es la siguiente. Mi pareja y yo nos trasladamos de península a Canarias por trabajo. El coche lo llevaremos en el primer viaje en el que aún no estaremos empadronados, pero entiendo que podremos presentar los papeles a posteriori. La duda me surge en… ¿Cuándo volvamos en 1 o 2 años a nuestra región de origen en la península tendremos que hacer frente a algún pago extra por volver a llevar el coche?
    Gracias por adelantado, un saludo.

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  10. Hola buenas tardes, m caso es el siguiente.
    He comprado un vehículo en Madrid, soy residente canario y voy a viajar a península para traerlo.
    Que documentación tengo hacer y que pagos debo realizar, muchas gracias.

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  11. Buenas tardes.
    No soy titular del coche(es mi Madre) pero quiero llevarlo a Canarias, lugar donde resido desde hace años.
    Cómo podría hacerlo?
    Precio e impuestos aproximados que tendría que pagar.
    Gracias.

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  12. Buenos días soy empresa y un cliente canario (empresa también) quiere comprar uno de mis vehículos. Como tengo yo que facturar esa venta, como si fuera otro cualquiera y después el arreglar con hacienda en Canarias??,

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    • Buenos días Javier,

      Tu conclusión final es correcta. Si eres una empresa que tiene residencia fiscal fuera de Canarias no tienes porque saber que impuestos se pagan en Canarias, por ser un Comunidad Autónoma distinta a la de usted, además de tener la Comunidad Canaria un régimen fiscal especial con respecto a España y a la Unión Europea.
      Por este motivo, está previsto un procedimiento especial para que los residentes Canarios puedan solicitar a la Agencia Tributaria Canaria la devolución del IVA.
      Saludos

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    • Buenos días Carmen,
      Imagino que te refieres a que has importado el vehículo desde la península. Si es así, indicarte que Canarias tiene un régimen fiscal especial respecto a España y a Europa, y fruto de esta singularidad obligan al pago de impuestos por el hecho de traer bienes a las Islas, como por ejemplo un vehículo, y hay que presentar el DUA (Documento Único Aduanero), como si se tratara de un tercer país.

      Si quieres saber más sobre este impuesto pincha en el siguiente enlace: https://gestoriabyb.com/llevar-coche-a-canarias/
      También puedes escribirnos a info@gestoriabyb.com
      Saludos

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  13. Señores,

    Me llamo Bruno BARBAZAN, soy de nacionalidad francesa. Tengo la oportunidad de instalarme en FUERTEVENTURA para desarollar una actividad de ventas de vehiculos de ocio de tipo Buggy fabricados en Francia. Necesito saber si vuestra empresa se puede encargar de estas operaciones y conocer los costos de los tramites de una importacion de vehiculo.

    Agradeceria si pudiera enviarme informacion detallada.

    Espero tener noticias de ustedes pronto.

    Saludos cordiales.

    Bruno BARBAZAN
    Movil : 06.67.31.79.70

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  14. Buenos días, mi caso es que compro.un vehículo en península y me lo traigo a Canarias, me traslado solo a la compra del coche, puedo traerlo.con el justificante de cambio de titular y tramitar el dua cuando ya esté en Canarias o es indispensable el dua para embarcar el vehículo?
    gracias y saludos
    Carlos

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