vehículo de Alemania a Canarias
¿Cómo importar vehículo de Alemania a Canarias?
INDICE 1.- Compraventa del automóvil en Alemania. 2.- Documentos de la compraventa. a) A profesional o concesionario. b) A particular. 3.- Traslado del vehículo. I.- Traerlo conduciéndolo nosotros mismos. a) Cambio de propietario. b) Matrícula provisional. c) Seguro asociado a la matrícula provisional. II.- Traer el vehículo con una empresa de transportes. a) Alemania-España: Transporte terrestre (grúa o container). b) Península-Canarias: Transporte marítimo (ro-ro o contenedor). c) Despacho de aduanas. 4.-En Canarias: ITV, impuestos, y finalmente matriculación.
1.- COMPRAVENTA DEL AUTOMÓVIL EN ALEMANIA:
Existen dos fórmulas posibles dentro de esta operación: Comprar a un particular o a través de un profesional (concesionario). Según la opción por la que se opte tendremos una u otra documentación y más o menos garantías.
Al realizarse en un país vecino, recomiendo realizarlo a través de concesionario porque siempre es más fiable y hay mayor seguridad a través de profesionales pues a estos la administración pública les exige unos requisitos y controles muy rígidos con el fin de brindar mayor protección al consumidor, lo que es muy importante y más aún en país extranjero.
Os dejo un enlace sobre las diferentes garantías que hay entre comprar a un particular o a un profesional, y que es totalmente aplicable al presente caso, pues la normativa europea en este sentido es homogénea para todos los países miembros: pinchar aquí.
Pues bien, normalmente el concesionario oficial junto a la documentación del vehículo, más la factura y el contrato de compraventa entrega al cliente el certificado de conformidad (C.O.C.), que es la declaración del fabricante de que el vehículo cumple con un determinado tipo aprobado es decir, contiene información sobre el vehículo y la identificación del fabricante, número de aprobación de tipo (también llamado contraseña de homologación), especificaciones técnicas y otros datos clave que nos facilitará enormemente superar la inspección técnica en España por cumplir con los requisitos de homologación de la Unión Europea. El contenido de un C.O.C. está definido por la ley de la Unión Europea (Enmienda IX, Regulación 92/53) por lo que el propósito de este documento es asegurar la libre circulación de bienes en el interior de la U.E., específicamente de aquellos bienes que están sujetos a homologación y registro, como ocurre con los automóviles y los vehículos motorizados en general.
2.- DOCUMENTOS DE LA COMPRAVENTA:
a) COMPRAVENTA A PROFESIONAL O CONCESIONARIO
-Contrato de compraventa y factura: El contrato al hacerlo a través de concesionario contendrá el UNFALLFREI certificación de los accidentes, del kilometraje, y de la procedencia del vehículo, esta información nos confiere sin lugar a dudas una tranquilidad que comprando a un particular difícilmente tendríamos.
Impuestos: La factura deberá estar exenta de IVA (en Alemania el IVA se llama MWST). Será obligación del comprador el pago de IGIC.
Respecto a este punto, hay que matizar que, muchos compraventas o concesionarios no aceptan la venta sin IVA o desconfían, con lo cual la solución más habitual es que vendan el vehículo neto pero pagando el IVA como señal o depósito hasta la completa matriculación en España a nombre de quien lo compró y una vez se realiza esa matriculación los vendedores devuelven el IVA pagado previamente como señal.
-Documentación original del vehículo:
a) DIE ZULASRUNGSBESCHEINIGUNG TEIL I el antiguo Fahrzeugschein, abreviatura schein): Es una ficha técnica reducida, un resumen del Teil II o brief. No es obligatoria para tramitar la matriculación en España. A diferencia del TEIL II este documento no refleja el cambio de titular.
b) DIE ZULASRUNGSBESCHEINIGUNG TEIL II el antiguo Fahrzeugbrief, abreviatura brief): obligatorio e imprescindible, se corresponde con la ITV y el permiso de circulación español. Incluye las características técnicas del vehículo, historial de titularidades y otras características como historial de accidentes.
c) C.O.C. (Certificado de conformidad): Este documento como vimos no es obligatorio. La ventaja de este documento es que a la hora de pasar la ITV en España es mucho más sencillo por tener la homologación europea y además por que al constar en la misma la emisión de gases del vehículo, a partir de esta podremos calcular el impuesto de matriculación a pagar en la Agencia Tributaria (modelo 576).
b) COMPRA A PARTICULAR
-Contrato de compraventa: Es obligatorio para realizar la matriculación juntos con los documentos de identificación de los contratantes (dni, nif o pasaporte). Será necesario hacer una traducción jurada del mismo si este no es bilingüe.
Impuestos: El particular que vende al no disponer de NIF (nº fiscal) no podrá emitir factura por eso cuando compremos a un concesionario nos bastará con aportar la factura para matricular en España. Las transacciones entre particulares están exentas de IVA aunque no así del impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP). Es muy recomendable requerir al vendedor el duplicado del libro de mantenimiento donde figurará el historial de reparaciones y el kilometraje del vehículo.
-Documentación original del vehículo:
a) DIE ZULASRUNGSBESCHEINIGUNG TEIL I el antiguo Fahrzeugschein, abreviatura schein): Es una ficha técnica reducida, un resumen del Teil II o brief. No es obligatoria para tramitar la matriculación en España. A diferencia del TEIL II este documento no refleja el cambio de titular.
b) DIE ZULASRUNGSBESCHEINIGUNG TEIL II el antiguo Fahrzeugbrief, abreviatura brief): Obligatorio e imprescindible, se corresponde con la ITV y el permiso de circulación español. Incluye las características técnicas del vehículo, historial de titularidades y otras características como historial de accidentes.
3.- TRASLADO DEL VEHÍCULO:
Una vez realizada la compraventa y con la documentación en nuestro poder tendremos las siguientes opciones para traernos el vehículo a España y en su caso a Canarias: Traerlo conduciéndolo nosotros mismos mediante placas de matrículas temporales o enviarlo a través de compañía de transportes (tanto terrestre como marítima). Veamos ambos supuestos:
I.- Traerlo conduciéndolo nosotros mismos:
Si lo adquirimos en concesionario, lo normal es que estos te tramiten ellos el cambio de propietario y te gestionen la matrícula temporal o provisional para poder circular hasta que lo matriculemos en España. Si es a un particular será cuestión de negociar con el vendedor. En cualquier caso, te explico como es el proceso para que no tengas ningún problema.
a) Cambio de propietario.
Para tener la documentación del vehículo a nuestro nombre deberemos acudir a la delegación de Tráfico (en Alemania “das verkehrsamt”) que corresponda a la ciudad en la que nos encontremos. Emplazados en la oficina o delegación correspondiente presentamos al funcionario el equivalente a la ficha técnica del vehículo el famoso TEIL II o brief, importante que conste que el vehículo ha pasado la inspección técnica. La inspección técnica en Alemania se realiza normalmente en la TÜV (Technischer Überwachungs-Verein) aunque también hay otros competidores como DEKRA, la inspección tiene un coste de unos 94 euros.
Entregado el Teil II, sí el vehículo está en regla en unos 15 o 20 minutos, nos devolverán la documentación a nuestro nombre y un resguardo con el número correspondiente a la matricula provisional.
Nota: A diferencia de España cuando el vehículo se vende en Alemania no es obligatorio hacer el cambio de titular, pero recomiendo hacerlo para evitarnos problemas.
b) Matrícula provisional.
Con el número de matricula asignado compraremos las placas de la matrícula unos 30 euros. Podemos adquirirla en la delegación de tráfico o en establecimiento oficial de impresión de matriculas, ahí les deberemos aportar tanto el TEIL I (ficha técnica reducida) como el TEIL II.
Con las matrículas impresas (las matriculas provisionales son de color rojo) volveremos a la Delegación de Tráfico (Verkehrsamt) a que nos pongan las pegatinas en dichas placas, además no harán entrega de una ficha técnica provisional con duración de validez coincidente con el de las propias placas temporales.
¡Cuidado de no confundirnos con las placas de color amarillo que sólo te autorizan para circular por Alemania!
Para saber cuál es el periodo de validez de tu matrícula provisional alemana, solo tendrás que mirar la banda de color situada a la derecha de la placa, donde los números se corresponden con el día, el mes y el año en el que caducan.
Para facilitarles la búsqueda os dejo un listado de todas las oficinas de tráfico alemanas ordenadas por código postal en el siguiente enlace: http://www.stadtinformation.com/
c) Seguro asociado a la matrícula provisional.
El seguro del vehículo está siempre asociado a la matrícula temporal, por lo que solicitando la matrícula provisional se adquiere el seguro durante el tiempo que dure la placa provisional. Las coberturas de la póliza se limitan a los daños a terceros, y la responsabilidad civil.
Una vez que tengamos toda la documentación, la matrícula provisional y el seguro asociado podemos iniciar el viaje rumbo a España. A modo de sugerencia recomiendo que nada más llegar a España vayamos a la ITV de la estación de Celrá en la provincia de Gerona, pues al estar muy habituada a estos trámites de importación prestan un servicio muy rápido. Para pedir cita previa acceder al siguiente enlace web: http://www.citaprevia.cat/es/itv/celra/
Cuando por fin lleguemos al puerto marítimo normalmente Cádiz con destino a Canarias, hay que tener en cuenta que las islas Canarias al tener un régimen económico y fiscal (REF) distinto a la península y al resto de Europa hay que realizar los correspondientes tramites aduaneros a la hora de importar el vehículo (importación definitiva, pues si es sólo por tiempo inferior a 6 meses nos ahorraríamos este trámite). La importación implica la liquidación del DUA e impuestos de importación (IGIC), para ello deberemos buscar un agente aduanero que se encargue del despacho, salvo que la propia naviera lo incluya en el billete.
¿Qué es el despacho de aduanas? Es el proceso de supervisión que lleva a cabo el Agente de aduanas, donde verifica que la documentación entregada es correcta procediendo a autorizar el embarque del vehículo emitiendo el documento único aduanero y realizando el levante de importación o exportación (precio entre 50 y 200 euros).
Para dicho trámite habrá que hacer entrega de la siguiente documentación:
-DNI del titular del vehículo.
-Ficha Técnica y permiso de circulación (Teil I y Teil II). Si tenemos el COC siempre facilita las cosas.
-Factura o contrato de compra (si es concesionario debe figurar IVA intracomunitario).
-Certificado de residencia.
-Padrón municipal.
-Billete del barco o en su defecto carta de la naviera sellada indicando la fecha de entrada del vehículo.
II.- Traer el vehículo con una empresa de transportes:
Si nuestra opción es la de trasladar el vehículo por medio de empresa de transportes y volvernos nosotros en avión esto es lo que debes tener en cuenta:
a) Alemania-España: Transporte terrestre (grúa o container).
A través de empresa de transporte sea por medio de grúa o contenedor, al no circular el automóvil directamente por la vía no necesitaremos de ningún tipo de matrícula provisional ni contratación de seguro por lo que nos ahorraremos los pasos explicados anteriormente. Dicho esto, sí recomiendo realizar el cambio de titular del vehículo en la delegación de tráfico de la localidad alemana donde adquiramos el vehículo pues nos ahorraremos más de un dolor de cabeza, con el trámite aduanero a canarias, inspección técnica, etc.
Para el trayecto de Alemania a España recomiendo por la relación calidad-precio el servicio de grúa pues transportarlo en contenedor se dispara muchísimo el presupuesto, acordaros siempre de que os facturen exentos de IVA (sólo IGIC).
b) Península-Canarias: Transporte marítimo (ro-ro o contenedor).
Una vez que el vehículo llegue al puerto donde se embarcará rumbo a Canarias (ya sea Barcelona, Valencia o Cádiz) las empresas de transporte marítimo tienen dos modos:
-Transporte tipo ro-ro (Significado Ro-Ro: Acrónimo del término inglés Roll On-Roll Off, con el cual se denomina a todo tipo de buque, o barco, que transporta cargamento rodado, tanto automóviles como camiones)
-Transporte en contenedor cerrado (la ventaja es que puedes transportar además del vehículo otros enseres o pertenencias con la tranquilidad de estar completamente cerrado y nadie puede manipular tú vehículo).
El tipo ro-ro es aquel que consiste en que un operario de la compañía marítima estaciona el vehículo en la bodega del barco, es la opción más económica.
c) Despacho de aduanas.
Normalmente las empresas de transporte marítimo incluyen dentro del presupuesto los trámites de despacho aduanero y liquidación del impuesto, en caso de no ser así habrá que buscar un agente aduanero que se encargue de dicho trámite. Como vimos anteriormente el despacho de aduanas es el proceso de supervisión que lleva a cabo el Agente de aduanas, donde verifica que la documentación entregada es correcta y posteriormente autoriza el embarque del vehículo emitiendo el documento único aduanero (DUA) así como el levante de importación o exportación según se trate (precio entre 50 y 200 euros).
Para dicho trámite habrá que hacerle entrega de la siguiente documentación:
-DNI del titular del vehículo.
-Ficha Técnica y permiso de circulación (Teil I y Teil II).
-Factura de compra (debe figurar IVA intracomunitario).
-COC (no es necesario).
-Certificado de residencia.
-Padrón municipal.
4.- EN CANARIAS: ITV, IMPUESTOS, Y FINALMENTE MATRICULACIÓN.
Una vez que el vehículo llegue a Canarias el Agente de aduanas o la empresa de transporte en su caso, nos hará entrega de los siguientes documentos para poder retirar el vehículo en el puerto de destino:
-DUA (documento único aduanero).
-Levante de importación/exportación.
-Pago IGIC (modelo 032).
El paso siguiente es trasladar el vehículo a la ITV (si no lo hemos hecho con anterioridad en la península) para ello deberemos contratar el servicio de grúa al no poder circular con el vehículo.
Documentos necesarios para la ITV:
-TEIL I y II
-COC (Certificado de conformidad) en caso de no disponer de esto, deberemos aportar una ficha técnica reducida. La ficha técnica reducida nos la puede realizar un ingeniero.
-En el caso de no disponer de contraseña de homologación europea te recomendamos que, antes de pasar la ITV, contactes con nosotros (Estudio Jurídico B&B Gestoría Administrativa y despacho de abogados).
-Contrato de compraventa o factura (traducción jurada)
-Documento de identidad.
Superada la inspección técnica te harán entrega del tríptico, que es la ficha técnica con tres hojas de colores, una de ellas para nosotros, otra para la Jefatura de Tráfico y otra para la Consejería de Industria.
Pasada la ITV sólo restara el pagar los correspondientes impuestos (impuesto de vehículos de tracción mecánica (I.V.T.M) que es el antiguo impuesto de circulación, impuesto de transmisión patrimonial (I.T.P. / A.J.D.) si la compraventa fue a un profesional o concesionario estamos exentos aunque habrá que presentar el modelo igualmente, e impuesto de matriculación. Una vez pagados los impuestos y las tasas correspondientes podremos realizar el trámite final, “la matriculación del vehículo”, la expedición de las placas y su ulterior instalación para poder rodar.
No dudes en contactar con nosotros para resolver cualquier duda.
Estudio Jurídico B&B es un despacho de abogados y Gestoría Administrativa especializada en estos trámites.
A 27 de febrero de 2018.
Pedro Botella Orquín
Gestor Administrativo y Abogado
Estudio Jurídico B&B
No consentida la copia parcial o total del contenido de esta publicación.
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Is the DUA or IGIUC calculated based on the invoice of the dealer or how? I bought my car from a dealer without VAT (ohne MWST). Also do we have some advantages here if we are family numerosa? And you mentioned 7% up to 15%….what is the big difference between these numbers?
Hola, contacte conmigo al Whatsapp +34) 659 633 596. Y le responderé con mucho gusto.
Hello, contact me on Whatsapp +34) 659 633 596. And I will gladly answer you.
Hola, necesito información sobre un vehiculo que compre estando viviendo en alemania el coche esta a nombre de mi hija que tiene una discapacidad del 80 por ciento, nos trasladamos a canarias por motivos de trabajo pero no pude empezar por enfermedad y me dieron la incapacidad, y tomamos la decisión de volvernos a la peninsula, yo había cambiado las matriculas de alemania y había puesto las españolas ahora me piden una cantidad de dinero exagerada para registrar el coche en la peninsula, mi pregunta es porque tengo que pagar esa cantidad cuando yo el coche lo pague en alemania con su correspondiente iva, no me he ahorrado nada en canaria puesto que el coche esta exento de pagar por las emisiones y por la discapacidad
de mi hija, muchas gracias.
Hola Francisco,
Gracias por realizar tu consulta. Si la estancia en Canarias supero los 6 meses se generó la obligación del pago del impuesto de importación del vehículo. A partir de aquí, hacerte saber que en el caso de vehículos que se destinen a transportar de forma habitual a personas con discapacidad igual o superior al 65% tributarán al 3%. Si la discapacidad es igual o mayor al 33% y menor del 65% el impuesto será del 7% de IGIC. Esto son tipos impositivos reducidos dado que dependiendo del tipo de vehículo el impuesto por la importación a Canarias son de un 7%, 9,5% y hasta un 15%.
Lo anterior sobre la importación a Canarias.
Informar que el registro en península está sujeto a otros impuestos (normalmente más elevados), como bien indicas en península y en Alemania se aplica el IVA (Canarias el IGIC). Aclarar también que hay varios hechos imponibles que indicas en tu consulta y que observo que hay algo de confusión: Por ejemplo, cuando hablas de emisiones del vehículo es sobre el impuesto de matriculación, en este caso no es el IVA, dado que el IVA es el impuesto sobre la compraventa o importación del vehículo.
Es decir, según la legislación y la aplicación de hacienda nos es lo mismo (1) matricular (2) comprar (3) importar, estas (iii) tres acciones implican hechos imponibles diferentes que hay que ver punto por punto.
Ruego contactes con nosotros por teléfono para tener más información de tu consulta y poder asesorarte lo mejor posible.
Un cordial saludo!
Buenos días
Que tengo que hacer si el coche no es usado, sino nuevo de concesionario. Funciona igual?
Correcto, funciona igual. Ahora bien una de las diferencias que habría que ver caso por caso, es que normalmente el concesionario te facilita el proceso como la la matrícula provisional, o certificación de homologación.
Desearía saber cual es una empresa que se dedique a transportar autocaravanas de Alemania a Canarias. Quisiera ir en avión y que alguien me la trajera hasta Canarias. GRACIA
Buenos días Lidia,
No podemos informarle de este servicio dado que es un servicio que no cubrimos y no tenemos ninguna empresa asociada que pueda cubrirlo.
De todos modos, puede llamarnos al teléfono +34) 659 633 596 y consultarnos telefónicamente.
Un saludo cordial
Buenos días, el día 28 de mayo regreso a canarias desde Alemania y me llevo mi coche un Opel corsa D , 1,200 del año 2008 y quiero saber precio del cambio de matrícula y documentación gracias
Hola Rafael, para poder presupuestar necesitamos la documentación de vehículo. Lo ideal es que te pongas en contacto con nosotros al teléfono 659 633 596. Un saludo
Hola buenas. Estoy interesado en comprar un coche en Alemania y traerlo a Gran Canaria pero tengo muchas dudas sobre tasas, intereses e impuestos y me gustaría que me recomendasen y ayudansen en el procedimiento.
¡Hola Pablo!
Por supuesto, podemos ayudarte con tus dudas. Solo rogarte si puedes contactar con nosotros al teléfono (+34) 659 633 596 para que podamos asesorarte telefónicamente o vía WhatsApp
SALUDOS!!!
Buenas tardes,
interesante y útil artículo. Podrían hablar sobre el coste del DUA? para saber hasta qué punto compensa una importación.
Gracias
Hola Carlos,
Tomamos nota de lo que comentas. En una próxima actualización intentaremos desarrollar mejor el apartado de costes.
Gracias por tu aportación.
Un saludo
Hola , estoy empadronado en Canarias y solo estoy aquí 5 meses al año ! El resto del año en Baleares por trabajo .
Si, compro un coche en península ,debo pagar el Dua cuando vuelva a Canarias ?
Hola voy a traer un vehiculo de alemania a canarias por carretera y en el barco como pasaje ( yo viajo con el vehiculo) tengo que hacer el dua en huelva o puedo hacerlo en canarias? Un saludo
yo creo que en canarias puedes, entendi como que alli lo hacian mas rapido pero tambien me quede con la duda, espero no tener problemas con eso y pueda yegar a canarias.
Buenos días Rafa,
Debe hacer la declaración de la importación en la Aduana más cercana a su nueva residencia o al lugar de entrada de los vehículos, es decir en su caso Canarias y no península.
Hay una exención en el impuesto cuando la importación del vehículo se deba a un traslado de residencia del titular del mismo.
Para más información contacte con nosotros al teléfono 659 633 596
Buenos días Cristian,
Correcto, de hecho debe hacerse la declaración de la importación en la Aduana más cercana a su nueva residencia o al lugar de entrada de los vehículos, es decir en su caso Agente de Aduanas en Canarias y no península.
Hay una exención en el impuesto cuando la importación del vehículo se debe a un traslado de residencia del titular del vehículo. Para acogerse a dicha exención debe cumplirse una serie de requisitos.
Para más información contacte con nosotros al teléfono 659 633 596