
¿Cuál es el precio del cambio de nombre de un coche?
¿Cuánto cuesta la transferencia de un vehículo?
¿Cuál es el precio del cambio de nombre de un coche? El cambio de titularidad de vehículo tiene siempre dos (2) costes que repercuten en el precio final:
(I) Por un lado, la tasa 1.5 de la D.G.T. que asciende a 55,70€ (para los ciclomotores es un 27,85€).
(II) Por otro lado, tenemos el impuesto por el acto de comprar el vehículo. Este impuesto puede ser distinto en función de quien vende (profesional, empresa, o particular).
- (A) Si vende un profesional, empresa o concesionario el impuesto aplicable es el I.V.A. (si el comprador reside en Canarias se aplica el I.G.I.C.).
- (B) Si quien vende es un particular, o una persona física el impuesto aplicable es el I.T.P. (Impuesto de transmisión patrimonial) que en función del lugar de residencia del comprador podrá variar, cada región tiene un tipo impositivo distinto. Lo vemos a continuación.
Por tanto, desglosamos la tributación en todo el territorio nacional, por comunidades o regiones que son aplicables para los supuestos de compraventa de automóviles u otro tipo de transporte a motor de segunda mano adquiridos por particulares.
Impuesto de transmisión patrimonial (ITP) en la compra de vehículos usados entre particulares según la residencia del comprador

ITP por Comunidades.
En Aragón habrá que pagar un 4% en la mayoría de las transmisiones, salvo en las siguientes excepciones: Cuando el coche o moto tenga más de 10 años y su cilindrada sea igual o inferior a 1.000cc, el importe a pagar será 0€. A partir de los 10 años y su cilindrada sea superior a 1.000cc, pero inferior o igual a 1.500cc, el importe a pagar será de 20€. Con más de 10 años y cilindrada es superior a 1.500cc, pero inferior o igual a 2.000cc, el importe a pagar será de 30€.
En Asturias tendrás que pagar el 4% salvo en aquellos casos en los que se superen los 15 caballos fiscales, en ese caso el porcentaje a pagar será del 8%.
En Baleares como ocurre en otras comunidades tendrás que pagar el 4% a excepción de que se supere los 15 caballos fiscales, en cuyo caso deberás pagar el 8%. Baleares cuenta también sobre la exención sobre los ciclomotores, que no deben pagar absolutamente nada. ¡Una maravilla!
En Canarias se paga el 5,5% salvo en los siguientes casos que se paga una cuota fija, sin tener en cuenta ni base imponible ni tipo de gravamen: Los turismos que no tengan la consideración de ser históricos, con más de 10 años y con una cilindrada igual o inferior a 1.000cc pagarán 40€. Los automóviles “no históricos”, con más de 10 años y con una cilindrada superior a 1.000cc o inferior o igual a 1.500cc pagarán 70€. Los turismos “no históricos”, con más de 10 años y con una cilindrada superior a 1.500cc o inferior o igual a 2.000cc pagarán 115€.
En Cantabria no hay excepciones, eso quiere decir que absolutamente en todos los casos se paga el 8% sin importar, años, centímetros cúbicos ni nada en absoluto. ¡Los Cántabros, los que más impuestos pagan!
En Castilla la Mancha no encontramos ninguna excepción, todas las transferencias deberán pagar el 6%
En Castilla y León al igual que otras autonomías si el turismo o transporte a motor que sea tiene una potencia superior a 15 caballos fiscales, pagará un 8%, en el caso de que no cumpla esa excepción pagará el 5%.
En Cataluña se paga el 5% excepto cuando se den los siguientes casos: Cuando el turismo tiene más de 10 años, no se trata como histórico y su valor sea inferior a 40.000€. Si es un ciclomotor de cilindrada inferior a 50 centímetros cúbicos y de velocidad máxima 45 km/hora o de un Quad de cilindrada inferior a 50 centímetros cúbicos y de velocidad máxima no superior a los 45 km/hora, con una masa en vacío a 350 Kg y potencia inferior o igual a 4 kW. Cuando sea alguno de estos casos anteriores no se presentaría el ITP y se puede ir directamente a la DGT sin pasar por Hacienda.
En Ceuta pagarás el 4% a excepción de que seas residente en Ceuta, en cuyo caso tendrás una bonificación del 50% sobre la cuota a pagar. ¡Muy económico!
En la Comunidad Valencia pagarás el 6% salvo las siguientes excepciones: Los automóviles con una antigüedad igual o inferior a 12 años y una cilindrada la cual supere los 2.000cc o con valor igual o superior a los 20.000€ estarán obligados a pagar el 8%. Los automóviles, excluyendo a los de carácter histórico, de más de 12 años de antigüedad y con un valor inferior a 20.000€ pagaran una cuota fija sin porcentajes de por medio. Los coches y todoterrenos: Tasa de 40€ cuando la cilindrada sea menos o igual a 1.500cc. Tasa de 60€ cuando la cilindrada sea superior a 1.500cc y menor o igual a 2.000cc. Tarifa de 140€ en el caso de cilindrada superior a 2.000cc. Motos: Importe 10€ cuando la cilindrada sea menor o igual a 250cc. Importe 20€ cuando la cilindrada esté entre 250cc y 550cc. Tarifa 35€ cuando la cilindrada esté entre 550cc y 750cc. Tarifa 55€ cuando la cilindrada sea mayor que 750cc pagarán 55€.
En Extremadura pagaremos un 6% salvo en el siguiente supuesto: El tipo aplicable a las transmisiones de transportes de motor sean comerciales e industriales ligeros usados de hasta 3.500 Kg. de masa máxima autorizada, será del 4 %, siempre que la adquisición se efectúe por parte de contribuyentes que realicen actividades económicas sujetas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o al Impuesto sobre Sociedades y que se afecten a la actividad.
En Galicia pagaremos un 8% salvo en los turismos y todoterrenos de 15 años o más y con una cilindrada inferior a 1.600cc en los cuales se establece una cuota fija: Hasta 1.199cc se tendrá que pagar 22€. De 1.200cc a 1.599cc se tendrá que pagar 38€
En la Rioja se paga en todos los casos un 4% sin tener en cuenta ninguna excepción. El sistema más sencillo, siempre un 4%, no te compliques.
En Madrid todas las transferencias de vehículos pagan el 4% sin tener en cuenta ningún tipo de excepción. Igual que en la Rioja.
En Melilla se debe pagar el 4% en todas las transferencias, con la excepción de que si eres residente en Melilla se te aplicará una bonificación del 50% sobre la cuota a pagar. Como en Ceuta.
En Murcia no encontramos ninguna excepción, con lo cual todas las transferencias se deberán pagar el 4%
En Navarra se paga el 4% no obstante, no se deberá pagar ni presentar el ITP y se puede ir a la DGT sin pasar por Hacienda siempre y cuando: El turismo tenga 10 años o más, no se trate de un calificado como histórico y su valor sea inferior a 40.000€. Se trate de un ciclomotor de cilindrada inferior a 50 centímetros cúbicos y de velocidad máxima 45 km/hora. O si se tratase de un Quad de cilindrada inferior a 50 centímetros cúbicos, velocidad máxima de 45 km/hora, con una masa en vacío inferior a 350 kg y una potencia no superior a 4 Kw.
En el País Vasco no encontramos ninguna excepción, con lo cual se deberá de pagar el 4% en todas las transferencias.